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sábado, 16 de abril de 2011

China se queja a España por reabrir sumarios sobre genocidios en Tíbet

El Gobierno de China se ha quejado ante las autoridades españolas por una serie de decisiones adoptadas recientemente por el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional que reactivan varias querellas presentadas contra dirigentes chinos, por su presunta participación en actos de represión llevados a cabo en el Tíbet, según supo ABC de fuentes solventes.
Las quejas han sido transmitidas al Ministerio de Asuntos Exteriores por la Embajada china en España, que ve cómo se reabre la posibilidad de que un tribunal español pueda enjuiciar a dirigentes de ese país, acusados de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra por su actuación contra los habitantes de la región que reclama más autonomía.
En los últimos años, el Gobierno español ha evitado mantener contactos con el líder político y espiritual de los tibetanos, el Dalai Lama, o con algunos de su representantes, para no irritar a las autoridades chinas.
Ya en mayo de 2009, el embajador chino en Madrid protestó ante el Ejecutivo porque el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz había dictado una comisión rogatoria internacional a China, para que una delegación judicial española pudiera desplazarse al Tíbet. El magistrado quería interrogar a testigos de la represión registrada allí en 2008, en vísperas de los Juegos Olímpicos, y por la que el Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Casa del Tíbet y la asociación Thubten Wangchen Sherpa habían presentado una querella por delitos de lesa humanidad contra tres ministros —el de Defensa, Lian Guanglie; el de Seguridad del Estado, Geng Huichang, y el de Seguridad Pública, Meg Jianzhu— y otros cinco dirigentes del actual Gobierno chino.
Por este y otros casos, se abrió entonces una polémica en España sobre hasta dónde podrían llegar las competencias de la Justicia española. Con el acuerdo de la mayoría de los grupos políticos, se modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial para limitar la jurisdicción universal, impidiendo la actuación, si no hay víctimas españolas ni los presuntos responsables se encuentran en territorio nacional.
Tras ello, Pedraz decidió archivar la causa y la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó el sobreseimiento. Sin embargo, los querellantes recurrieron y el pasado 11 de marzo el Tribunal Supremo les dio la razón, considerando que la excepcionalidad e importancia de la cuestión hace razonable que la decisión final sea adoptada por el Supremo.

Crímenes de guerra

No ha sido esta la única decisión que ha molestado a las autoridades chinas, ya que el pasado 30 de marzo, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno dio la razón a otra demanda hecha, en 2006, por las mismas asociaciones: que la querella presentada contra el ex presidente chino Jiang Zemin y otros seis ex dirigentes del país asiático por delitos de genocidio cometidos en las décadas de los ochenta y noventa, se amplíe de forma que los hechos sean calificados como presuntos crímenes de guerra. El juez estima que pueden suponer una violación grave de las Convenciones de Ginebra suscritas por España, en relación con los artículos 608 y 611.5 del Código Penal español.
El magistrado considera que ese tipo de crímenes deben ser perseguidos sobre la base del principio de jurisdicción universal cualquiera que sea la nacionalidad del autor. En la querella se acusa a los ex dirigentes chino de haber forzado a la mujeres tibetanas a abortar y ser esterilizadas.
Por último, el malestar chino creció cuando, también el 30 de marzo, el Tribunal Supremo dictó otra resolución en una demanda por genocidio y otros crímenes presentada por el Comité de Ayuda al Tíbet en 2005, en la que acepta que se reconozca al Tíbet como un estado ocupado desde 1950. El Supremo español se convierte así en el primer cuerpo judicial del mundo en hacer ese reconocimiento.

sábado, 27 de marzo de 2010

la causa del Tíbet

La Audiencia rechaza el recurso al archivo de la causa del Tíbet
viernes 26 de marzo de 2010 15:26 CET


MADRID (Reuters) - La Audiencia Nacional decidió el viernes desestimar el recurso contra el archivo de la causa abierta contra varios dirigentes del Gobierno chino por un delito de lesa humanidad durante la represión de las revueltas en Tíbet en marzo de 2008.

El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia, Santiago Pedraz, archivó la causa hace un mes, tras haber admitido a trámite en mayo del año pasado una querella del Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa contra tres ministros y otros cinco altos cargos del Gobierno chino.

Sin embargo, en noviembre entró en vigor una reforma pactada por PP y PSOE que limitó el principio de jurisdicción universal en la legislación española, de modo que la Audiencia sólo pueda investigar los casos en los que el autor esté en España o en los que haya españoles involucrados.

Aunque la querella fue admitida a trámite antes de la reforma, Pedraz argumentó al archivarla que la causa quedaría afectada en la fase de enjuiciamiento, cuando ya habría entrado en vigor la ley y rechazó otros argumentos, como que la competencia de la causa pudiera traspasarse a otro órgano judicial.

El Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa apelaron esta decisión, pero Pedraz ha desestimado su recurso, descartando sus alegaciones, como que no se les permitió aportar nuevos documentos o que exista una "conexión relevante" con intereses españoles, basándose en que, con el ingreso de China en la Organización Mundial del Comercio, existen multitud de importaciones de artículos chinos.

Respecto a que España esté obligada por tratados internacionales, Pedraz dice: "Es cierto que esos tratados facultan a los Estados que a través de sus leyes nacionales pueda asumir para sí una mayor protección y tutela de los bienes jurídicos internacionales que los convenios pueden proteger, pero como se dice, es sólo facultativo, y el legislador español, con la reforma operada, ha decidido limitar la competencia de la jurisdicción española".

Además, descarta que deba aplicarse el Convenio de Ginebra al considerar que debe imputarse crímenes de guerra a los acusados debido al traslado de población china a Tíbet a raíz de la finalización de una línea férrea entre Pekín y Lhasa, capital de Tíbet, y recuerda que hay otra causa por genocidio en el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia.

En los tribunales españoles hay algunos casos sobre los que se está aplicando el principio de jurisdicción universal, como los referidos a los abusos en Guantánamo, Ruanda o Guatemala.

La querella sobre el Tíbet señalaba que, desde el 10 de marzo de 2008, "las autoridades políticas y militares chinas dirigieron un ataque generalizado y sistemático contra la población civil tibetana, causando, al menos, 203 muertos, más de mil lesionados y 5.972 detenidos ilegales", lo que constituiría un crimen contra la humanidad contra el colectivo tibetano.

China culpa al Dalai Lama, líder espiritual tibetano, y a su gobierno en el exilio de haber planeado los disturbios en los cuales dice que murieron al menos 18 "civiles inocentes" a manos de turbas de tibetanos en la capital regional, Lhasa.

lunes, 1 de marzo de 2010

MALA NOTICIA, los politicos prometen pero pocos cumplen





La Audiencia Nacional decidió el viernes archivar la causa abierta contra varios dirigentes del Gobierno chino por un delito de lesa humanidad durante la represión de las revueltas en Tíbet en marzo de 2008 al considerar que no corresponde a la jurisdicción española.

El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia, Santiago Pedraz, admitió a trámite en mayo del año pasado una querella del Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa contra tres ministros y otros cinco altos cargos del Gobierno chino.

Sin embargo, en noviembre entró en vigor una reforma pactada por PP y PSOE que limitó el principio de jurisdicción universal en la legislación española, de modo que la Audiencia sólo pueda investigar los casos en los que el autor esté en España o que haya españoles involucrados.

Ahora Pedraz explica en su auto que aunque la querella fue admitida a trámite antes de la reforma, la causa sí quedaría afectada en la fase de enjuiciamiento, cuando ya habría entrado en vigor la ley.

"Resultaría, por tanto, carente de sentido continuar la instrucción sabiendo que no podría darse la posterior fase de enjuiciamiento y fallo", dijo el magistrado en el auto.

Pedraz también rechaza otros argumentos, como que la competencia de la causa pudiera traspasarse a otro órgano judicial, y reitera que la Audiencia es el tribunal competente.

La resolución no es firme y puede ser apelada.

Varias organizaciones de defensa de los derechos humanos han protestado por la reforma legal, que afirman se debió a la presión de países como Estados Unidos, Israel y China, y han denunciado la desprotección de las víctimas.

En los tribunales españoles hay algunos casos sobre los que se está aplicando el principio de jurisdicción universal, como los referidos a los abusos en Guantánamo, Ruanda o Guatemala.

La querella sobre el Tíbet señalaba que, desde el 10 de marzo de 2008, "las autoridades políticas y militares chinas dirigieron un ataque generalizado y sistemático contra la población civil tibetana, causando, al menos, 203 muertos, más de mil lesionados y 5.972 detenidos ilegales", lo que constituiría un crimen contra la humanidad contra el colectivo tibetano.

Los ministros chinos acusados eran el de Defensa, Lian Guanglie; el de Seguridad del Estado, Geng Huichang, y el de Seguridad Pública, Meg Jianzhu, así como otros tres altos cargos.

China culpa al Dalai Lama, líder espiritual tibetano, y a su gobierno en el exilio de haber planeado los disturbios en los cuales dice que murieron al menos 18 "civiles inocentes" a manos de turbas de tibetanos en la capital regional, Lhasa.