sábado, 27 de marzo de 2010

la causa del Tíbet

La Audiencia rechaza el recurso al archivo de la causa del Tíbet
viernes 26 de marzo de 2010 15:26 CET


MADRID (Reuters) - La Audiencia Nacional decidió el viernes desestimar el recurso contra el archivo de la causa abierta contra varios dirigentes del Gobierno chino por un delito de lesa humanidad durante la represión de las revueltas en Tíbet en marzo de 2008.

El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia, Santiago Pedraz, archivó la causa hace un mes, tras haber admitido a trámite en mayo del año pasado una querella del Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa contra tres ministros y otros cinco altos cargos del Gobierno chino.

Sin embargo, en noviembre entró en vigor una reforma pactada por PP y PSOE que limitó el principio de jurisdicción universal en la legislación española, de modo que la Audiencia sólo pueda investigar los casos en los que el autor esté en España o en los que haya españoles involucrados.

Aunque la querella fue admitida a trámite antes de la reforma, Pedraz argumentó al archivarla que la causa quedaría afectada en la fase de enjuiciamiento, cuando ya habría entrado en vigor la ley y rechazó otros argumentos, como que la competencia de la causa pudiera traspasarse a otro órgano judicial.

El Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa apelaron esta decisión, pero Pedraz ha desestimado su recurso, descartando sus alegaciones, como que no se les permitió aportar nuevos documentos o que exista una "conexión relevante" con intereses españoles, basándose en que, con el ingreso de China en la Organización Mundial del Comercio, existen multitud de importaciones de artículos chinos.

Respecto a que España esté obligada por tratados internacionales, Pedraz dice: "Es cierto que esos tratados facultan a los Estados que a través de sus leyes nacionales pueda asumir para sí una mayor protección y tutela de los bienes jurídicos internacionales que los convenios pueden proteger, pero como se dice, es sólo facultativo, y el legislador español, con la reforma operada, ha decidido limitar la competencia de la jurisdicción española".

Además, descarta que deba aplicarse el Convenio de Ginebra al considerar que debe imputarse crímenes de guerra a los acusados debido al traslado de población china a Tíbet a raíz de la finalización de una línea férrea entre Pekín y Lhasa, capital de Tíbet, y recuerda que hay otra causa por genocidio en el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia.

En los tribunales españoles hay algunos casos sobre los que se está aplicando el principio de jurisdicción universal, como los referidos a los abusos en Guantánamo, Ruanda o Guatemala.

La querella sobre el Tíbet señalaba que, desde el 10 de marzo de 2008, "las autoridades políticas y militares chinas dirigieron un ataque generalizado y sistemático contra la población civil tibetana, causando, al menos, 203 muertos, más de mil lesionados y 5.972 detenidos ilegales", lo que constituiría un crimen contra la humanidad contra el colectivo tibetano.

China culpa al Dalai Lama, líder espiritual tibetano, y a su gobierno en el exilio de haber planeado los disturbios en los cuales dice que murieron al menos 18 "civiles inocentes" a manos de turbas de tibetanos en la capital regional, Lhasa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario